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Quien gobierna realmente la iglesia?

El código de derecho canónico de 1917 emitido por Benedicto  XV

Sobre el poder supremo, y de los que de él participan por derecho eclesiástico.

En el CAPITULO I

Trata Del Romano Pontífice. Y de su Poder.

#218. Párr. l. El Romano Pontífice, sucesor del Beato Pedro en el primado, tiene no sólo el primado de honor, sino el poder supremo y pleno de jurisdicción sobre toda la Iglesia, tanto en las cuestiones relativas a la fe y a la moral, como en las relativas a la disciplina y el gobierno de la Iglesia se extiende por todo el mundo.

2. Este poder es verdaderamente episcopal, ordinario e inmediato tanto sobre todas y cada una de las Iglesias, como sobre todos y cada uno de los pastores y fieles, independientemente de cualquier autoridad humana.

El código de 1983 ya rebaja un poco ese poder.

Cuando se refiere a

LA CONSTITUCIÓN JERÁRQUICA DE LA IGLESIA los Can. 330 a 572

Hablan de:

DE LA SUPREMA AUTORIDAD DE LA IGLESIA (Cann. 330–367)

El CAPÍTULO I trata sobre 2 personas ya no un poder absoluto

EL ROMANO PONTÍFICE Y DEL COLEGIO EPISCOPAL (Cann. 330-341) introduciendo ya a “otros”

El # 330 dice; Así como, por determinación divina, San Pedro y los demás Apóstoles constituyen un Colegio; de igual modo están unidos entre sí el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, y los Obispos, sucesores de los Apóstoles.

Y mas adelante aclara;

336 El Colegio Episcopal, cuya cabeza es el Sumo Pontífice y del cual son miembros los Obispos… en unión con su cabeza y nunca sin esa cabeza, sujetos de la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia.

(LG 22; cf. CIC, can. 336).

Lo que nos indica que esa autoridad absoluta ahora es compartida por un colegio episcopal. Conferencias episcopales o Consejos presbiteriales y hasta consejos de laicos. Lo que indicaría que eso de tu eres pedro y sobre esta piedra edificaré mi iglesia… ejem, porque la autoridad de la iglesia ahora se comparte con el colegio Episcopal, según el código de derecho canónico, lo que Socava autoridad papal.

Pero las novedades se multiplican cuando:

El decreto conciliar Perfectae caritatis, el motu proprio Ecclesiae sanctae y la Novena Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos sobre la Vida Consagrada indicaron la necesidad de implicar y permitir a los religiosos laicos el acceso a los cargos de gobierno en todos los niveles de la estructura orgánica de los institutos. Lo que socava la autoridad episcopal, en favor de las comunidades y hasta el laicado.

Asi, llegamos al gobierno de los laicos además de los consagrados en la iglesia y a la introducción de mujeres en el governorato vaticano y a la dirección por parte de mujeres de altos institutos vaticanos, mientras se estudia la posibilidad de ordenar diaconisas. Por primera vez, 54 mujeres tuvieron derecho a votar en un Sínodo

Nathalie Becquart, religiosa francesa de la congregación de los Xavieres, ostenta el título de ser la primera mujer en la historia de la Iglesia en ocupar el cargo de subsecretaria del sínodo de los obispos, desde 2021, con derecho a voto.

Barbara Jatta, es directora de los Museos Vaticanos, secretaria general del Governatorato. Es decir la 2 persona en la línea pontificia y la jefe civil de policía. Igualmente, cumple durante los períodos de Sede Vacante (ante la muerte o renuncia del Papa) un papel protagónico y, eventualmente, después del Cardenal Camarlengo, ella es la número dos de toda la Iglesia, no solo de la Ciudad del Vaticano.

Entre las laicas la Academia Pontificia para la Vida nombra en el Dicasterio para los Laicos, la Familia y la Vida, a la economista ítalo-estadounidense Mariana Mazzucato, definida como atea, abortista y vinculada al Foro Económico de Davos. El número de mujeres empleadas en el Vaticano era en 2019 el 22% del personal total, otras señoras tienen la dirección del economato, que dirige una monja junto a seis mujeres laicas en el organismo económico del Vaticano, entre ellas, las españolas María Concepción Osácar Garaicochea y Eva Castillo; Silvia Guidi, redactora de L´Osservatore Romano, es primera mujer en llegar a ese cargo.

Esto esta muy bien, porque lo que debe primar es la competencia, lo que uno se pregunta es si la capacidad y competencia de sacerdotes obispos y cardenales viene en declive, lo interesante sucede cuando:

Isaac Murphy, que no es sacerdote, es fue elegido abad de la abadía benedictina de San Anselmo en Manchester, Nuevo Hampshire, el Papa cambió en 2022 la regulación para que laicos no religiosos pudieran dirigir una orden religiosa.

Es el primer laico elegido abad en EE UU. Francisco aprobó en 2022 que los laicos pueden dirigir comunidades religiosas de sacerdotes con la aprobación del Vaticano. Este cambio de la constitución apostólica ‘Praedicate Evangelium’, permite a los laicos dirigir cualquier organismo del Vaticano, asi, «los laicos tienen el mismo poder vicario que las personas consagradas». «La potestad vicaria para ejercer un oficio es la misma, si se recibe de un obispo, de un presbítero, de una persona consagrada o de un laico», ha recalcado, predicate evangelium.

Según el artículo 15 de la nueva constitución «incluso los laicos pueden llevar a cabo tales asuntos, ejerciendo la potestad ordinaria vicaria de gobierno recibida del Romano Pontífice con la concesión del oficio». «La igualdad fundamental entre todos los bautizados, aunque sea en diferenciación y complementariedad, es el fundamento de la sinodalidad», ha añadido.

«La opción de poner laicos al frente de un dicasterio es también una opción dictada por el Concilio Vaticano II».

Abad (del arameo Abba que significa «padre») es un título eclesiástico otorgado al jefe masculino de un monasterio, que en femenino podría ser abadesa.

La abadía de San Anselmo forma parte de la Congregación Casinense Americana, un grupo de monasterios benedictinos situados principalmente en Estados Unidos.

La abadía organiza liturgias, la Eucaristía de Navidad, que preside el abad, a pesar de no ser sacerdote. Etc.

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De #bottegadivina

Bottega Divina es un Canal dedicado a aplicar la tradición moral Cristiana a situaciones críticas en la política y la sociedad. Abogamos y velamos por la aplicación de los principios fundamentales de la sociedad, como el derecho natural, en los ámbitos políticos y sociales.

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