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Indulgencia plenaria

 

Rezar determinadas oraciones, visitar determinados santuarios, utilizar ciertos objetos de culto, realizar ciertos peregrinajes, concede indulgencia plenaria. La indulgencia se puede pedir a nombre propio o de un ser querido ya fallecido.

«La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las satisfacciones de Cristo y de los Santos». (Código de Derecho Canónico de 1983, Libro IV, Parte I, Título IV, Capítulo IV, cánon 992)

Aparece por primera vez en el siglo XI la indulgencia general, por la remisión de penas temporales, otorgadas por el papa o los obispos para cualquier persona que realizase una obra meritoria, tales como la visita de un monasterio recientemente consagrado o dádivas a los pobres.

Buscaba suavizar las penitencias que eran muy severas para ciertos pecados, como vestir pieles de animales durante largos años (para los apóstatas) y hasta la expulsión de la comunidad.

Existe una clara distinción entre la absolución (reservada a Dios) y la indulgencia, que permite la reconciliación con la Iglesia. Es decir, se ha conseguido la absolución mediante la confesión, ahora hay que pagar una pena, no como las de hoy que francamente son muy suaves, en aquella época eran en cambio demasiado severas y la iglesia busco maneras de suavizar el corazón del hombre acercandolo de paso al Amor de Dios.

Tienen indulgencia plenaria, si se cumplen las condiciones requeridas las siguientes oraciones y actos:

– «A tí, oh Dios, te alabamos…» (Te Deum): 1 de enero y en la Solemnidad de Pentecostés.

– «Adorad postrados…» (Tantum ergo): Jueves Santo después de la Misa en Coena Domini y en la acción litúrgica del Corpus Christi.

– «Jesús dulcísimo…» (Acto de reparación): rezado públicamente el día del Sagrado Corazón.

– «Miradme, oh mi amado y buen Jesús…»: Los viernes de Cuaresma.

– «Ven Espíritu Creador…» (Veni Creator): rezado públicamente el 1 de enero y en la solemnidad de Pentecostés.

– Rezar el Vía Crucis: ante las estaciones, pasando de una a otra por lo menos quien lo dirige, meditando las escenas si se desea, con alguna oración vocal.

– Rezo del Santo Rosario: rezándolo en una iglesia, en un oratorio, en familia, o en comunidad. Es suficiente con rezar sólo cinco de los veinte misterios, con la meditación de los misterios que se rezan.

– Adoración al Santísimo durante al menos media hora.

– Adoración de la Cruz: en la acción litúrgica del Viernes Santo.

– Realizar Ejercicios Espirituales o retiros similares, al menos de tres días de duración.

– Recibir la Bendición Papa Urbi el Orbi, también es válida por radio o televisión.

– Asistir al rito con que se clausura un Congreso Eucarístico.

– Al sacerdote que celebra los 25, 50, 60 años como aniversario de su ordenación, es extensiva a quienes le acompañen en la Santa Misa.

– Lectura de la Sagrada Escritura: al menos media hora.

– Visitar la iglesia parroquial en la fiesta titular.

– Recibir la bendición apostólica en peligro de muerte inminente. En el caso de que no haya sacerdote, la Iglesia concede esta misma indulgencia con tal que se haya rezado habitualmente algunas oraciones (se suplen las tres condiciones habituales para ganar la indulgencia plenaria).

– Asistir a la predicación de algunos sermones, participando en la clausura de una Santa Misión.

– Visitar una iglesia u oratorio el día de su santo Fundador, rezando un Padrenuestro y un credo.

– Visitar las Basílicas Patriarcales o Mayores de Roma el día de la fiesta titular, en cualquier día de precepto o en día cualquiera del año elegido por el mismo fiel: ha de rezarse el Padrenuestro y el Credo.

– Visitar una iglesia u oratorio el día de Todos los difuntos (o con consentimiento del obispo, el domingo anterior o el posterior). Esta indulgencia sólo es aplicable a las almas del purgatorio.

– Visitar una iglesia o altar en el día de su dedicación, rezando un Padrenuestro y un Credo.

– Usar el día de los Santos Pedro y Pablo (29 de junio) algún objeto piadoso bendecido por el Papa o un obispo, rezando un Credo.

– Al nuevo sacerdote en su Primera Misa Solemne, y a quienes asistan a ella.

– Renovación de las promesas del bautismo: en la Vigilia pascual o en el aniversario del bautismo.

– Visitar la iglesia en que se celebra el Sínodo diocesano mientras éste dura, rezando el Padrenuestro y el Credo.

– Visitar las iglesias estacionales en su día propio, asistiendo a las funciones de la mañana o de la tarde.

– Al fiel que hace la Primera Comunión, y a quienes le acompañan.

– Visita al cementerio en los primeros ochos días del mes de noviembre, orando (basta mentalmente) por los fieles difuntos.

– En la visita pastoral, pueden beneficiarse de la indulgencia una vez si se asiste a una función sagrada presidida por el visitador.

+Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que, el día en que se celebra la Conmemoración de todos los Fieles Difuntos, visiten piadosamente una iglesia u oratorio

+Se concede indulgencia plenaria, aplicable sólo a las almas del purgatorio, a los fieles cristianos que visiten piadosamente un cementerio (aunque sea mentalmente) y que oren por los difuntos.

Para ganar una indulgencia plenaria, además de querer evitar cualquier pecado mortal o venial, hace falta cumplir tres condiciones:

Confesión sacramental

Comunión Eucarística y

Oración por las intenciones del Papa.

Rezar la coronilla de San Miguel arcangel gana indulgencia plenaria en las fiestas de la Aparición de San Miguel Arcángel (8 de Mayo); de su Dedicación (29 de Septiembre); y de los Santos Ángeles Custodios (2 de Octubre).

El cristiano que quiere purificarse de su pecado y santificarse con ayuda de la gracia de Dios no se encuentra solo. ‘La vida de cada uno de los hijos de Dios está ligada de una manera admirable, en Cristo y por Cristo, con la vida de todos los otros hermanos cristianos, en la unidad sobrenatural del Cuerpo místico de Cristo, como en una persona mística’

‘En la comunión de los santos, por consiguiente, ‘existe entre los fieles -tanto entre quienes ya son bienaventurados como entre los que expían en el purgatorio o los que peregrinan todavía en la tierra- un constante vínculo de amor, un abundante intercambio de todos los bienes’ en este intercambio admirable, la santidad de uno aprovecha a los otros, más allá del daño que el pecado de uno pudo causar a los demás. Así, el recurso a la comunión de los santos permite al pecador contrito estar antes y más eficazmente purificado de las penas del pecado’

Por #bottegadivina

Bottega Divina es un Canal dedicado a aplicar la tradición moral Cristiana a situaciones críticas en la política y la sociedad. Abogamos y velamos por la aplicación de los principios fundamentales de la sociedad, como el derecho natural, en los ámbitos políticos y sociales.

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