La Biblia describe que todos los hombres tienen una «ley escrita en sus corazones», una ley natural que fue dada por Dios.
«En verdad, cuando los gentiles, que no tienen Ley, cumplen naturalmente las prescripciones de la Ley, ellos mismos, sin tenerla, son para sí mismos Ley. Y con esto muestran que los preceptos de la Ley están escritos en sus corazones» Rom 2:14
Para el sofista “lo justo no es otra cosa que lo que conviene al más fuerte”, es decir, al hombre egoísta, el que quiere todo para sí y se vale de los otros para alcanzar su propio beneficio.
Esa es la ley del enemigo de Dios. Que imponen los tiranos.
El Derecho Natural sostiene que la legitimidad de las leyes positivas, que son el conjunto de normas efectivamente vigentes en un Estado, dependen en último término de su concordancia con el Derecho Natural, la validez de la ley depende también de su Justicia (o corrección material) y por eso: «la ley injusta no es verdadera ley».
«sería legítimo resistirse a la autoridad cuando se intenta imponer el cumplimiento de una ley que no es compatible con la ley natural».
* Existen ciertos principios morales y universales: leyes naturales o derechos naturales.
* El contenido de dichos principios es cognoscible por el hombre mediante la razón.
* Si estos principios no son recogidos o sancionados por el ordenamiento jurídico positivo, este último no puede considerarse un verdadero ordenamiento jurídico.
* Platón: En su obra «La República» esboza el derecho natural de lo justo.
* Aristóteles: En su política, sobre los mandatos divinos; La ley eterna es fuente del raciocinio del hombre y la ley Natural. La verdad de las conclusiones depende de la verdad de las premisas.
* Cicerón: Afirma que para el hombre culto la ley es la inteligencia.
* Tomás de Aquino: Dios ha establecido una legislación eterna para el mundo natural y el mundo humano, y eso es lo que conocemos como ley natural.
Catecismo
1954 «La ley natural […] está inscrita y grabada en el alma de todos y cada uno de los hombres porque es la razón humana que ordena hacer el bien y prohíbe pecar. Pero esta prescripción de la razón humana no podría tener fuerza de ley si no fuese la voz y el intérprete de una razón más alta a la que nuestro espíritu y nuestra libertad deben estar sometidos»
1960 Los preceptos de la ley natural no son percibidos por todos, sin dificultad, con firme certeza y sin mezcla alguna de error. En la situación actual, la gracia y la revelación son necesarias al hombre pecador para que las verdades religiosas y morales puedan ser conocidas “de todos y sin dificultad, con una firme certeza y sin mezcla de error”.
2263 La legítima defensa de las personas y las sociedades no es una excepción a la prohibición de la muerte del inocente que constituye el homicidio voluntario. “La acción de defenderse […] puede entrañar un doble efecto: el uno es la conservación de la propia vida; el otro, la muerte del agresor” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7). “Nada impide que un solo acto tenga dos efectos, de los que uno sólo es querido, sin embargo el otro está más allá de la intención” (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7).
2264 El amor a sí mismo constituye un principio fundamental de la moralidad. Es, por tanto, legítimo hacer respetar el propio derecho a la vida. El que defiende su vida no es culpable de homicidio, incluso cuando se ve obligado a asestar a su agresor un golpe mortal:
«Si para defenderse se ejerce una violencia mayor que la necesaria, se trataría de una acción ilícita. Pero si se rechaza la violencia en forma mesurada, la acción sería lícita […] y no es necesario para la salvación que se omita este acto de protección mesurada a fin de evitar matar al otro, pues es mayor la obligación que se tiene de velar por la propia vida que por la de otro» (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7).
2265 La legítima defensa puede ser no solamente un derecho, sino un deber grave, para el que es responsable de la vida de otro. La defensa del bien común exige colocar al agresor en la situación de no poder causar prejuicio. Por este motivo, los que tienen autoridad legítima tienen también el derecho de rechazar, incluso con el uso de las armas, a los agresores de la sociedad civil confiada a su responsabilidad.
El derecho de hacer la guerra, en ciertas circunstancias es un deber que no sólo abarca acciones defensivas, sino que incluye también acciones ofensivas.